16 de marzo de 2006

Revista de prensa

Puntos de vista

Un tema que se va calentando es el debate político que se dará en el Congreso en torno al TLC. Las elecciones opacaron los alcances trascendentales de un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que le prohibe al gobierno firmar el TLC, al menos en aquellos puntos en que se comprometían derechos fundamentales de la gente como la salud.

Hoy, El Tiempo (http://eltiempo.terra.com.co/opinion/), en su editorial principal, ataca dicho fallo y sostiene que el Tribunal invadió esferas privativas del Ejecutivo. Dice que la misma Constitución establece el control sobre el Ejecutivo en este tipo de tratados en dos instancias:

a).- La que ejerce el Congreso que tiene que aprobar una ley acogiendo o rechazando el Tratado. Es de advertir que este control es integral, si se puede decir así, en el sentido en que no cabe opción de modificar en lo más mínimo lo negociado por el Ejecutivo. Es decir, lo toma o lo deja, algo que parece un contrasentido, pues, parodiando el viejo dicho de las reuniones a las que se meten muchos colaos, y en cambio faltan muchos de los invitados, podría decirse que en el TLC… no es todo lo que está ni está todo lo que es; y, b).- La que ejerce la Corte Constitucional que debe revisar finalmente la constitucionalidad del respectivo tratado antes de que entre definitivamente en vigencia.

Un magistrado al que consultamos, cuyo nombre se reserva por obvias razones, nos dice que “los fallos judiciales son para acatarlos desde el último de los colombianos hasta el primer ciudadano del país que viene a ser el Presidente. Si el fallo es contradictorio en derecho, para eso existen las instancias superiores que permiten revisarlo. Pero, mientras este vigente, el Presidente de la República no puede (y no debió) cerrar las negociaciones sobre el TLC porque implicó un desconocimiento abierto de la justicia”.

El enfoque principal de este editorial de El Tiempo es el siguiente:

(…) “Para comenzar, esa no es una función del Tribunal ni de sus magistrados. Constituye una intromisión indebida en las competencias constitucionales del Ejecutivo. Ya hay voces que alertan sobre el riesgo de que el activismo judicial de moda, reflejado en el aludido fallo, devenga en una “dictadura de los jueces”. Flaco servicio prestan decisiones como la señalada al propósito de disipar ese peligro.

(…) “El deber que todos tenemos de acatar las sentencias judiciales viene acompañado de las obligaciones de los jueces de ejercer sus funciones con estricto apego a la Constitución y a la ley. Ir más allá de estos límites amenaza con romper el siempre frágil equilibrio entre los poderes públicos y desprestigia la verticalidad con que debe proceder la Justicia. Por esto, es no solo conveniente, sino necesario, abrir un sano debate, por encima de las presiones judiciales, sobre el impacto social de una medida como la comentada y las soluciones que se deben adoptar frente a ella.

(…)"No se trata aquí de discutir sobre la conveniencia del TLC o sus impactos. (…)De lo que se trata es de alzar una voz de alarma ante un antecedente tan grave como el fallo del Tribunal de Cundinamarca. Por fortuna, la Procuraduría y el Gobierno han apelado. Es de esperar que la sensatez vuelva al recinto judicial y que se eche atrás semejante exabrupto jurídico”.

N.de R. Una reflexión similar a la que se enfoca en este editorial, puede hacerse frente a la sentencia de la Corte Constitucional que halló exequible la reelección presidencial inmediata. ¿No les parece?

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